驴C贸mo afecta la reducci贸n de tipos impositivos a los impuestos diferidos existentes?
31 de julio de 2015 / hevia / Sin ComentariosEn Navarra la Ley Foral 29/2014, de 24 de diciembre y en el Estado la 27/2014, de 27 de noviembre, establecen la siguiente reducci贸n de los tipos impositivos en el impuesto de sociedades para el ejercicio 2015 y siguientes:
En relaci贸n con activos y pasivos diferidos reconocidos en el balance con anterioridad a 2014, esta medida afecta directamente a su valoraci贸n ya que, si nos remitimos a la NRV 13陋 Impuesto sobre Beneficios del PGC, en su apartado 3 se se帽ala 鈥(鈥) Los activos y pasivos por impuesto diferido se valorar谩n seg煤n los tipos de gravamen esperados en el momento de su reversi贸n, seg煤n la normativa que est茅 vigente o aprobada y pendiente de publicaci贸n en la fecha de cierre del ejercicio, y de acuerdo con la forma que racionalmente se prevea recuperar o pagar el activo o el pasivo. En su caso, la modificaci贸n de la legislaci贸n tributaria 鈥揺n especial la modificaci贸n de los tipos de gravamen- y la evoluci贸n de la situaci贸n econ贸mica de la empresa dar谩 lugar a la correspondiente variaci贸n en el importe de los pasivos y activos por impuesto diferido.鈥. Por tanto, desde el momento en que se publica la reducci贸n de tipos de gravamen, corresponde recoger contablemente la variaci贸n en la valoraci贸n de los activos y pasivos preexistentes. (Consulta N潞 4; BOICAC N潞 101/MARZO 2015).